sometiendo a prueba un número
representativo de
componentes estructurales
en los cuales se sospeche algún deterioro o en los casos en los que existan
claras indicaciones de un posible deterioro. NO SE REQUIERE efectuar pruebas en
los casos en los cuales las pruebas dañarían el acabado de las superficies
o en los cuales no haya señales visibles de deterioro ni se presuma que exista
.