10.1 El inspector
deberá inspeccionar
:
-
las paredes, techos y pisos.
-
los escalones, escaleras, barandillas y pasamanos.
- plataformas o encimeras y un
número representativo de gabinetes
instalados.
- un número representativo
de puertas y ventanas.
- las puertas del garaje y los mecanismos funcionales de las puertas del garaje.
10.2 El
inspector
NO ESTÁ OBLIGADO a
inspeccionar:
-
la pintura, el papel tapiz y otros acabados.
-
las alfombras.
-
el acabado de las ventanas.
- los sistemas
de aspiración central.
- los electrodomésticos.
- las instalaciones
recreativas.
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